“Dad una máscara al hombre y os dirá la verdad” Oscar Wilde
DERECHO ROMANO
(I)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica y
Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI.
EL SUJETO DE DERECHO
Hombre como Género: Es todo individuo de la especie humana. No todo hombre es
persona, porque a la persona se le considera capacidad jurídica, derechos y
deberes.
Mientras el hombre no realice actividad o
acto jurídico, el derecho no lo toma en cuenta, lo toma en cuenta cuando
realice una actividad que impulse el derecho, o sea, un acto jurídico. Como por
ejemplo, un contrato.
Sujeto de Derecho: Sujeto de Derecho, vienen hacer todas aquellas personas que
pueden tener derechos y ejercitarlos, o sea, los que están dotados de capacidad
jurídica, determinada en la personalidad física por los tres status: Status
Libertatis (de libertad), Status Civitatis (de ciudadano) y Status Familiae (de
familia). Hay personas que tienen
derechos pero no pueden ejercitarlo, porque tienen limitantes, podría ser en el
D.R.
Para que las personas pudieran ser Sujeto de Derecho, tenían que
tener los tres Status: Status Libertates (de libertad), Status Civitatis (de
ciudadano) y Status Familiae (de familia).
Frase reflexiva:
“Dad una máscara al hombre y os dirá la verdad” Oscar Wilde
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