“Ojo por ojo,
diente por diente” Ley del Talión
Facultad: Derecho
Materia: Derecho
Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Tema # 9 El Poder Judicial
La Carrera Judicial (Art. 255 C.R.B.V)
El ingreso a la carrera
judicial y el ascenso de los jueces se hará por concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y
excelencia de los participantes y serán seleccionados por los jurados de los
circuitos judiciales, en las condiciones que establezca la ley. El nombramiento y juramento de los jueces
corresponde al TSJ.
Instrumento Para la Realización de la Justicia
(Art. 257
C.R.B.V)
No puede haber justicia
sin un proceso, es decir, el proceso
constituye un instrumento fundamental
para la realización de la justicia. Las leyes procesales
establecerán, la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y
adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no
esenciales.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
(Art. 262
C.R.B.V)
Viene hacer equivalente
a un órgano colegiado (actúa más de 1 persona), superior, que funcionará
en:
a) Sala Plena y en Sala Constitucional.
b) Sala Politicoadministrativa.
c) Sala Electoral.
d) Sala de Casación Civil.
e) Sala de Casación Penal y de Casación Social.
Nota: La Sala Social comprenderá lo referente a la casación agraria, laboral y
de menores.
Laboral = Social.
Niños y Adolescentes = Civil.
Amparo Constitucional =
Constitucional.
Nulidad del Poder
Electoral = Electoral.
Alcaldías = Políticoadministrativa.
Requisitos y Tiempo de Duración de
los Magistrados
(Art.
263 C.R.B.V)
(Art. 264 C.R.B.V)
Los requisitos para ser magistrado, me los
establece el 263 constitucional, y
son los mismos del Procurador General de la República; y su duración
será por un único período de 12 años
(art. 264 C.R.B.V)
Nota: El 263 constitucional, está en concordancia con el artículo 7 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Frase
reflexiva:
“Ojo por ojo,
diente por diente” Ley del Talión
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