“Se dice que existen tres clases de testigos: Los que han visto bien,
pero dudan de lo que han visto. Los que han visto mal, pero creen haber visto
bien. Y los que no han visto nada y aseguran haber visto todo” Marco
Aurelio Almazán
Sala de Casación Penal
del Tribunal Supremo de Justicia
08-08-2000
Sentencia No. 1124
Sentencia No. 1124
Es importante resaltar que el objeto del proceso penal
es, entre otras cosas, la obtención de la verdad mediante la reconstrucción de
los hechos, lo que se logra mediante la apreciación libre y razonada de las
pruebas incorporadas al proceso por las partes. Es decir, se deben analizar y
comparar todas y cada una de las pruebas traídas al proceso por cada una de las
partes, para luego con una visión objetiva de las mismas obtener finalmente lo
que es llamado por la doctrina la verdad procesal.
Frase reflexiva:
“Se dice que existen tres clases de testigos: Los que han visto bien,
pero dudan de lo que han visto. Los que han visto mal, pero creen haber visto
bien. Y los que no han visto nada y aseguran haber visto todo” Marco
Aurelio Almazán
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