29 de enero de 2017

29/01/2017 Civil III [61]

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

Guía de Derecho Civil III

Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido. Caracas, 2007

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 5 Los Bienes Con Relación a las Personas a Quienes Pertenecen

Nota: Los bienes no cambian de índole o de cualidad porque pertenezcan a una u otra persona; pero su uso, su destino y las funciones que respecto de ellos se realizan, pueden ser diferentes según el sujeto a quien pertenecen.

Art. 538 C.C: “Los bienes pertenecen a la Nación, a los Estados, a las Municipalidades, a los establecimientos públicos y demás personas jurídicas y a los particulares.

Los Bienes a Domicilio Público

* Determinación: Los bienes demaniales o de dominio público, son las cosas que están destinadas a un fin público y que se encuentra fuera del comercio. El destino propio de estos bienes, es el de ser públicos.

El uso público comprende no solamente aquél que por su naturaleza son aptos y destinados los demaniales, cuyo uso es directo por parte de los ciudadanos, sino también aquél que consiste en un goce indirecto por parte de los mismos.

Son bienes demaniales, los destinados al uso público, entendido en su contenido más amplio: de goce directo e indirecto por parte de los ciudadanos y los destinados a la defensa nacional.

* Régimen jurídico de los bienes de domicilio público: El régimen jurídico al cual están sometidos los bienes del dominio público, se denomina “Dominialidad Pública”, con el cual se asegura una protección especial para este conjunto de bienes.

La frase del día:
Al hombre perverso se le conoce en un sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo. Sófocles

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