“Al hombre perverso se le conoce en un
sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo.” Sófocles
Guía de Derecho Civil III
Bibliografía: Derecho Civil II Bienes y Derechos
Reales. Tercera Edición Actualizada y Corregida. Mary Sol Graterón Garrido.
Caracas, 2007
Facultad: Derecho
Semestre: 3°
/ Pregrado
Jorge Leonardo Salazar Rangel
Tema # 3 Clasificación Jurídica de las Cosas y su
Importancia
3.- Por El Sujeto Al Que Pertenecen
De conformidad con el artículo 538 del Código Civil, los bienes pueden pertenecer:
a.- A la nación;
b.- A los estados; c.- A las municipalidades;
d.- A los establecimientos
públicos; e.- A los particulares.
4.- Por El Carácter De Su Pertenencia
Los bienes de la Nación o de algunas de sus entidades menores,
según el destino que tengan, pueden ser del Dominio Público y del Dominio
Privado, según lo establecido en el artículo
539 del Código Civil.
La frase del día:
“Al hombre perverso se le conoce en un
sólo día; para conocer al hombre justo hace falta más tiempo.” Sófocles
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