“La vida comienza donde el miedo termina” Osho
El archivo fiscal:
- lo decreta
el Fiscal del Ministerio Público;
- no pone
fin a la investigación;
- no impide
que continúe la labor investigativa;
- permite la
posibilidad de reabrir la investigación cuando surjan nuevos actos de
investigación sólidos;
- es un acto conclusivo que se decreta cuando el resultado de la investigación resulta insuficiente para acusar.
- es un acto conclusivo que se decreta cuando el resultado de la investigación resulta insuficiente para acusar.
La solicitud de sobreseimiento:
- es un acto
conclusivo;
- tiene
autoridad de cosa juzgada;
- pone fin
al proceso;
- extingue
la responsabilidad penal;
- lo
solicita el Fiscal del Ministerio Público;
- es el
medio que se utiliza para acordar la extinción de la acción penal.
El sobreseimiento:
- lo acuerda
el Juez de Control, de oficio;
- lo acuerda
el Juez de Juicio, de oficio.
La acusación:
- es un acto
conclusivo que se emite por parte del Fiscal del Ministerio Público;
- no pone
fin al proceso;
- abre las
posibilidades de nuevas fases procesales;
- contiene
el ius puniendi;
- contiene
la solicitud de enjuiciamiento del imputado;
- procede
cuando haya suficientes actos de convicción para desvirtuar la presunción de
inocencia.
La frase del día:
“La vida comienza donde el miedo termina” Osho
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