“Determinamos quienes somos con
nuestros actos”
3.- Se ORDENA la publicación inmediata y urgente
del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela, la cual señalará en el sumario: “DECISIÓN DE LA SALA CONSTITUCIONAL
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE CON CARÁCTER
VINCULANTE QUE LA ATRIBUCIÓN DE UNO O VARIOS HECHOS PUNIBLES
POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN PREVISTA EN EL
ARTÍCULO 250 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, CONSTITUYE UN ACTO DE
IMPUTACIÓN; E IGUALMENTE
QUE EL MINISTERIO PÚBLICO PUEDE SOLICITAR UNA ORDEN DE APREHENSIÓN CONTRA UNA
PERSONA, SIN QUE PREVIAMENTE ÉSTA HAYA SIDO IMPUTADA POR DICHO ÓRGANO DE
PERSECUCIÓN PENAL”.
La frase del día:
“Determinamos quienes somos con
nuestros actos”
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