“Antes de adquirir cualquier conocimiento,
primero hay que atravesar por el territorio de la confusión.” La magia
de la comunicación; p.61; Dr. Lair Ribeiro
Cooperador Inmediato
El cooperador inmediato es aquel sujeto que participa
directamente en la ejecución de un hecho típico y antijurídico sin tener
dominio sobre él. Con su acto, éste favorece a la lesión del bien jurídico
tutelado por el tipo penal infringido, razón por la cual se le extiende la pena
y se amplifica la responsabilidad penal con el mismo título de imputación, tal
como se desprende de la norma contenida en el artículo 83 del Código Penal.
La
frase del día:
“Antes de adquirir cualquier conocimiento,
primero hay que atravesar por el territorio de la confusión.” La magia
de la comunicación; p.61; Dr. Lair Ribeiro
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