“Nacimos para vencer y
no para ser vencidos”
Código Orgánico Procesal Penal
Medida Humanitaria
Artículo 491. Procede la libertad condicional en caso de que el penado o
penada padezca una enfermedad grave o en fase terminal, previo diagnóstico de
un o una especialista, debidamente certificado por el médico forense o médica
forense. Si el penado o penada recupera la salud, u obtiene una mejoría que lo
permita, continuará el cumplimiento de la condena.
La frase del día:
“Nacimos para vencer y
no para ser vencidos”
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!