Tema: Tutela judicial
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Sala declara la obligatoriedad de la inscripción en el Registro
Nacional Obligatorio de Implantes Mamarios PIP fabricadas por la sociedad mercantil
francesa Poly Implant PROTHÈSE (PIP) creado por el Ministerio del Poder Popular
para la Salud de todas aquellas personas naturales, habitantes de la República
Bolivariana de Venezuela que pretendan ser beneficiarias de la protección que
se persigue en esta causa y de ordenación de dicho juicio
Martes, 07 de mayo de 2013
“… esta Sala considera que dichos protocolos están
conformes con los requerimientos hechos por esta Sala, con la salvedad de que
su aplicación se extiende a toda persona natural, independientemente de su sexo,
así como se ratifica el carácter de requisito necesario para el acceso a la
atención médica que otorgó el Ministerio del Poder Popular para la Salud a la
referida inscripción por lo que considera necesario hacer del conocimiento de
todas las personas que pudieran considerarse afectadas por el implante de
prótesis mamarias de la marca PIP, de dicho carácter, ello con la finalidad de
ser consideradas como destinatarias de la tutela que se está solicitando
mediante la demanda de protección de derechos e intereses colectivos que dio
inicio a esta causa, aun cuando ya hayan formulado su solicitud de adhesión a
la misma, toda vez que de esta manera se garantiza que proporcionen la
información adecuada, pues de la revisión de las actas que conforman el expediente
se pudo constatar que algunas de las personas que solicitaron se las tuviera
como intervinientes adhesivas ni siquiera señalaron su número de cédula de
identidad”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!