“El que confía sus secretos a otro
hombre se hace esclavo de él”
Baltasar Gracián
N° de Expediente: C12-332 N° de Sentencia: 430
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Apelación inadmisible y casación inoficiosa
Viernes, 16 de noviembre de 2012
...la Sala de Casación Penal considera importante
destacar que el artículo 325 del Código Orgánico Procesal Penal, estipula la
procedencia de los recursos de apelación y casación contra el auto que declare
el sobreseimiento; sin embargo, cuando el sobreseimiento decretado, es producto
de la ratificación hecha por el fiscal superior de la respectiva
circunscripción judicial, previo agotamiento del procedimiento dispuesto en el
artículo 323 ejusdem (procedimiento de ratificación o rectificación), la
apelación es inadmisible y la casación resulta inoficiosa...
N° de Expediente: A11-16 N° de Sentencia: 121
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Autonomía e independencia de los Jueces a la hora de decidir
Miércoles, 18 de abril de 2012
...los jueces gozan de autonomía e independencia al
decidir, debiendo ajustarse a la Constitución y a las leyes al resolver la
controversia, disponiendo de un amplio margen de valoración del derecho
aplicable a cada caso, por lo cual puede interpretarlo y ajustarlo a su
entendimiento como una actividad propia de su función de juzgar, salvo que
viole notoriamente derechos o principios constitucionales...
N° de Expediente: A11-16 N° de Sentencia: 121
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Reclamaciones o tercerías con el objeto de obtener la restitución de
objetos
Miércoles, 18 de abril de 2012
...el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal,
regula el procedimiento relativo a las reclamaciones o tercerías que las partes
o terceros entablen durante el proceso con el fin de obtener la restitución de
dichos objetos, el cual se tramitará ante el juez de control, conforme a las
normas previstas por el Código de Procedimiento Civil para las incidencias.
Siendo así se concluye que el propietario de los bienes asegurados tiene la
oportunidad de recobrar sus bienes solicitándolo al Tribunal de Control y éste,
una vez llevado a cabo el trámite señalado supra, devolverá los objetos
recogidos o incautados, salvo que estime indispensable su conservación o que se
trate de cosas hurtadas, robadas o estafadas, caso en el cual, se entregarán al
propietario en cualquier estado del proceso, una vez comprobada su condición
por cualquier medio y previo avalúo, es decir, el accionante tiene otras vías
distintas al amparo para lograr que el juzgado de la causa le devuelva sus
bienes...
La frase del día:
“El que confía sus secretos a otro
hombre se hace esclavo de él”
Baltasar Gracián
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