N° de Expediente: C02-0396 N° de Sentencia: 602
Tema: Recurso de Apelación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Apelación de autos o de sentencias. Deber de las cortes de apelaciones
Viernes, 20 de diciembre de 2002
En el actual procedimiento de apelación, ya sea de autos
o de sentencias, las Cortes de Apelaciones deben admitir y conocer sobre el
fondo de los recursos que se interpongan, siempre que estos no presenten alguna
(o varias) de las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 437
del Código Orgánico Procesal Penal vigente.
N° de Expediente: C02-0206 N° de Sentencia: 545
Tema: Recurso de Apelación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Causas taxativas de inadmisibilidad del recurso de apelación
Viernes, 29 de noviembre de 2002
El artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal indica
cuáles son las causas taxativas de inadmisibilidad del recurso de apelación y
de no mediar esas causas taxativas, las Cortes de Apelaciones deben entrar a
conocer y resolver el fondo del recurso planteado.
La frase del día
“Aprender es tu única forma de mejorar
tu vida” Freddy Vega / Platzi
La palabra del día
Infundir: Causar en el ánimo un impulso moral o
afectivo.
Un día como hoy
23 de junio:
- En 1772, nace en la ciudad de Trujillo, Cristóbal
Mendoza: primer presidente de Venezuela.
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