TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Principios para Prevenir la Corrupción y Salvaguardar el Patrimonio Público
Artículo 11. El Ejecutivo Nacional deberá someter a consulta pública el anteproyecto de Ley del Marco Plurianual del Presupuesto y el anteproyecto de Ley de Presupuesto Anual, antes de su presentación a la Asamblea Nacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
La frase del día
"Aprende a callar bocas sin tener que abrir la tuya"
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