Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY
Esta Sala Penal, en pacífica y reiterada doctrina, ha sostenido que el proceso penal venezolano, configurado bajo los postulados del sistema acusatorio (artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), exige un estricto equilibrio entre las partes intervinientes. La fase preparatoria no constituye una suerte de coto cerrado o inquisitivo, donde el Ministerio Público actúe de manera omnímoda y desvinculada de los controles constitucionales.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Las puertas indicadas no se abrirán hasta que no te conviertas en la versión que pueda abrirlas" • Anónimo
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