7 de febrero de 2017

7/2/2017 258 CRBV

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO PENAL

Son las siguientes: los acuerdos reparatorios; el principio de oportunidad; y la suspensión condicional del proceso.

El fundamento constitucional de estas medidas se encuentra en el único aparte del artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Doble A. C.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

¿PROCEDE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DE UNA CAUSA CUANDO PREVIAMENTE SE HA DECRETADO EL ARCHIVO FISCAL?

Sí procede, pero no es lo correcto. La Dirección de Revisión y Doctrina del Ministerio Público ha considerado al respecto, lo siguiente: En aquellos casos en los que el Fiscal del Ministerio Público, luego de decretar el Archivo Fiscal -motivado por la carencia de fuentes probatorias para el ejercicio de otro acto conclusivo-, solicita el Sobreseimiento respecto a esa misma causa, sin que las circunstancias que dieron lugar al primer acto conclusivo hayan sido modificadas, se incurre en una verdadera incongruencia.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Procesal Penal [7]

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

N° de Expediente: C08-461 N° de Sentencia: 455
Tema: Las Partes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Cualidad para demandar al ex cónyuge
Miércoles, 23 de septiembre de 2009

... al estar disuelto el vínculo matrimonial, no existía otro estado civil o carácter distinto al de divorciados. Por ende, no puede interpretarse, como lo hizo de forma errada el Tribunal de Juicio, que la ciudadana... es cónyuge legalmente separada del ciudadano...

Importa advertir que el propio Código Civil, diferencia clara y definidamente, las instituciones del divorcio y de la separación de cuerpos. La primera subyace a través de sus causales, en el artículo 185 del citado instrumento legal; y la segunda, es atendida en el artículo 188, en la que debidamente instaurada ante el órgano judicial competente, suspende la vida la vida común de las personas casadas, culminando en divorcio, una vez cumplido 1 año, sin operarse la reconciliación entre cónyuges.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Desaparición [7]

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

ARTICULO XVI
La presente Convención está abierta a la firma de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 Materias [7]

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

Universidad Santa María, núcleo Oriente
Facultad: Derecho
Materias de Pregrado

SÉPTIMO SEMESTRE (7°)

Procesal Civil I
Procesal Penal I
Obligaciones III
Garantías
Contratos

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 P. Penal II [25]

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 7

Artículo 318. Sobreseimiento. El sobreseimiento procede cuando:

1.- El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado;

2.- El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad;

3.- La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada;

4.- A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado;

5.- Así lo establezca expresamente este Código.

Artículo 319. Efectos. El sobreseimiento pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada. Impide, por el mismo hecho, toda nueva persecución contra el imputado o acusado a favor de quien se hubiere declarado, salvo lo dispuesto en el artículo 20 de éste Código, haciendo cesar todas las medidas de coerción que hubieren sido dictadas.

Artículo 320. Solicitud de Sobreseimiento. El Fiscal solicitará el sobreseimiento al Juez de Control cuando, terminado el procedimiento preparatorio, estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente. En tal caso, se seguirá el trámite previsto en el artículo 323.

Artículo 321. Declaratoria por el Juez de Control. El juez de control, al término de la audiencia preliminar, podrá declarar el sobreseimiento si considera que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente, salvo que estime que éstas, por su naturaleza, sólo pueden ser dilucidadas en el debate oral y público.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

7/2/2017 P. Penal II [24]

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 7

Artículo 315. Archivo fiscal. Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.

Parágrafo Único: En los casos de delitos en los cuales se afecte el patrimonio del Estado, o intereses colectivos y difusos, el fiscal del Ministerio Público deberá remitir al Fiscal Superior correspondiente, copia del decreto de archivo con las actuaciones pertinentes, dentro de los tres días siguientes a su dictado. Si el Fiscal Superior no estuviere de acuerdo con el archivo decretado, enviará el caso a otro fiscal a los fines de que prosiga con la investigación o dicte el acto conclusivo a que haya lugar.

Artículo 316. Facultad de la víctima. Cuando el fiscal del Ministerio Público haya resuelto archivar las actuaciones, la víctima, en cualquier momento, podrá dirigirse al juez de control solicitándole examine los fundamentos de la medida.

Artículo 317. Pronunciamiento del tribunal. Si el tribunal encontrare fundada la solicitud de la víctima así lo declarará formalmente, y ordenará el envío de las actuaciones al fiscal superior para que éste ordene a otro fiscal que realice lo pertinente.

La frase del día:
Todo hombre paga sus grandezas con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras.Giovanni Papini