DERECHO PENAL
Registros de armas de fuego. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana, a través de la Dirección de Armamento, llevará registros de la expedición de:
1º Las armas de fuego.
2º Las municiones.
3º Los accesorios de las armas de fuego.
4º Los permisos de porte y las tenencias.
Los registros deben estar debidamente actualizados y automatizados.
La información contenida en los mencionados registros será facilitada a los demás órganos del Poder Público, cuando sea requerida por causas debidamente justificadas.
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