DERECHO PROCESAL PENAL
Titularidad de la acción penal. La acción penal corresponde al Estado venezolano a través del Ministerio Público, el cual está obligado a ejercerla, salvo las excepciones constitucionales y legales.
Se evidencia una vez más el sistema acusatorio establecido en nuestro Código Orgánico Procesal Penal.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!