DERECHO PROCESAL PENAL
Víctima. II. La protección y reparación del daño
causado a la víctima del delito son objetivos del proceso penal. El Ministerio
Público está obligado a velar por dichos intereses en todas las fases.
Los jueces garantizarán la vigencia
de los derechos de la víctima; y el respeto, protección y reparación durante el
proceso.
La policía y los demás organismos auxiliares
deberán acordarle un trato acorde a la víctima con su condición de afectada,
facilitando al máximo su participación en los trámites en que deba intervenir.
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