LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO
EXCEPCIONES A LA INMEDIACIÓN PROBATORIA
Si bien la inmediación probatoria es propia del
juicio oral, en el cual se aplica con gran rigor, dicha aplicación puede tener
algunas excepciones plenamente justificadas por su propia naturaleza. Estas
excepciones son:
a) La prueba anticipada.
b) El interrogatorio de personas impedidas de
asistir al juicio.
c) El interrogatorio de altos funcionarios,
legalmente dispensados.
En estos casos podrá considerarse la existencia de
una excepción a la inmediación probatoria, cuando las diligencias antes
mencionadas se realicen ante un Juez distinto del que debe presenciar el debate
oral y público de la causa.
Bibliografía: La prueba en el proceso penal acusatorio. Eric Pérez
Sarmiento. Segunda edición. Vadell hermanos editores, 2005. P. 114.
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