DE LOS
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA
APLICACIÓN DE ESTA LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Delito de MALVERSACIÓN DE FONDOS GENÉRICA - 56Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
El funcionario público que ilegalmente diere a los fondos o rentas a su cargo, una aplicación diferente a la presupuestada o destinada, aun en beneficio propio, será penado con prisión de tres (3) meses a tres (3) años, según la gravedad del delito.
Fuente. Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial No. 5637 extraordinario del 7 de abril de 2003.
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