Fuente: Tribunal Supremo de Justicia.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
23 de septiembre de 2014
Sentencia 1381, 30-10-2009
Visto lo anterior, esta Sala considera, y así se establece con
carácter vinculante, que la atribución de uno o varios hechos punibles por el
Ministerio Público en la audiencia de presentación prevista en el artículo 250
del Código Orgánico Procesal Penal, constituye un acto de imputación que surte,
de forma plena, todos los efectos constitucionales y legales correspondientes,
todo ello con base en una sana interpretación del artículo 49.1 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; igualmente el
Ministerio Público puede solicitar una orden de aprehensión contra una persona,
sin que previamente ésta haya sido imputada por dicho órgano de persecución
penal.
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