NEGLIGENCIA. Implica una abstención, un no hacer, una omisión
cuando se estaba jurídicamente obligado a realizar una conducta contraria.
IMPERICIA. Supone un defecto o carencia de los
conocimientos técnicos o científicos que son indispensables para ejercer idóneamente
una profesión, un arte o un oficio.
Fuente: Grisanti Aveledo y Grisanti Francheschi, 1989.
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