Validez temporal de la ley
La actual Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo constituye una ley que
confiere un tratamiento penal distinto a un hecho que fue considerado como
punible también por una ley antecesora, pero que ya resultó derogada con la
entrada en vigencia de la normativa en ella prevista.
“la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo debe ser considerada como
una ley de carácter modificativo que –de acuerdo a los principios que
determinan la validez temporal de las leyes penales- comenzó a regir desde su publicación
en la Gaceta Oficial
de la República
Bolivariana de Venezuela N° 38.236, en fecha 26 de julio de
2005.
Ahora bien, en el ordenamiento
jurídico penal venezolano “(...) los hechos se regulan por la ley vigente para
el momento de su realización o, lo que es lo mismo: la ley sólo se aplica a los
hechos ocurridos durante su vigencia”
Fuente: Doctrina del
Ministerio Público venezolano; año 2009.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!