Suspensión Condicional del
Proceso. Se entiende por suspensión condicional del proceso,
aquella resolución judicial emitida por el juez de control, en virtud de la
cual se acuerda la suspensión temporal del proceso, mediante la fijación de un
régimen de prueba para el imputado, debe haber admitido el hecho que se le
atribuye, y una vez cumplidas las condiciones impuestas, se extingue la
pretensión penal que le dio origen al mismo.
Bibliografía: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO
EN LOS DELITOS MENOS GRAVES. Humberto Becerra C. Vadell hermanos editores.
Caracas-Venezuela-Valencia 2015. p.28.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!