De
conformidad con el artículo 153 del Código Orgánico Procesal Penal, toda acta
debe ser fechada con indicación de lugar, año, mes, día y hora en que haya sido
redactada, las personas que hayan intervenido y una relación sucinta de los
actos realizados. El acta será suscrita por los funcionarios y demás
intervinientes. Si alguno no puede o no quiere firmar, se dejará constancia de ese
hecho. La falta u omisión de la fecha acarrea nulidad sólo cuando ella no pueda
establecerse con certeza, sobre la base de su contenido o por otro documento
que sea conexo. Los pasos para elaborar el acta policial son los siguientes:
1.
Identificación del organismo que realizó el procedimiento.
2.
Fecha de elaboración del acta policial, como bien lo contempla el artículo 153
del Código Orgánico Procesal Penal.
3.
Identificación del acto realizado.
4. Hora
de la realización del acta policial, no debe ser la misma hora del
procedimiento.
5.
Identificación completa de los funcionarios y/o funcionarias actuantes,
incluyendo número de placa y de unidad radio patrullera.
6.
Indicar tanto el carácter legal, así como el formalismo “bajo juramento” con el
que se actúa. El artículo 113 del Código Orgánico Procesal Penal faculta como
órgano de investigación, y el artículo 115 del Código Orgánico Procesal Penal
establece la obligación de dejar constancia en un acta las diligencias
realizadas.
Ejemplo
de encabezado de un acta policial: “En esta misma fecha, siendo las 3:00 horas
de la tarde, compareció por ante este Despacho, el funcionario XXXXXX, adscrito
a la División
Motorizada de la Policía
Nacional Bolivariana, quien estando debidamente juramentado y
de conformidad con lo previsto en los artículos 113, 115 y 153 del Código
Orgánico Procesal Penal, deja constancia de la siguiente diligencia: Siendo
aproximadamente las 2:00 horas de la tarde, encontrándome en labores de
patrullaje, a bordo de la unidad radio patrullera No. 044, momento en el cual…”
En el expediente, toda acta policial debe estar acompañada con los derechos del
imputado, contemplados en el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal.
Bibliografía: Actas Policiales en el Proceso Penal. 2da Edición Actualizada. Wilmer de
Jesús Ruiz. Jesús Daniel Ruiz. Barquisimeto, 2012.
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