No hagas lo que no te gusta que te hagan
N°
de Expediente: C02-0188 N°
de Sentencia: 023
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Admisión de los hechos
Miércoles, 29 de Enero de 2003
La
audiencia preliminar no es la oportunidad para debatir cuestiones atinentes al
fondo de la acusación o la defensa, por ello, la admisión de los hechos debe
ser expresada de manera pura y simple, sin condición alguna, puesto que
encontrarse limitada al análisis de argumentos de fondo, conllevaría
forzosamente al debate de los mismos, y ello debe efectuarse en la etapa
correspondiente, como lo es, la audiencia del debate oral y público.
Frase reflexiva:
No hagas lo que no te gusta que te hagan
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