No hagas lo que no te gusta que te hagan
N°
de Expediente: C03-0266 N°
de Sentencia: 351
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Admisión de los hechos
Lunes, 29 de Septiembre de 2003
La
admisión de los hechos opera cuando el imputado consciente en ello, reconoce su
participación en el hecho atribuido, lo cual puede conllevar a la imposición
inmediata de la pena con una rebaja desde un tercio a la mitad, atendidas todas
las circunstancias y considerado el bien jurídico afectado y el daño social
causado, lo cual no es procedente si el procesado alega una excepción de hecho
que debe dilucidarse durante el juicio o audiencia oral
Frase reflexiva:
No hagas lo que no te gusta que te hagan
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