“Los bienes que se
adquieren de prisa al principio, No serán al final bendecidos.” (Proverbios 20:21)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Derecho
de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.
Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta
edición. Caracas, 2007. RAÚL SOJO
BIANCO.
Tema # 11 Las Capitulaciones Matrimoniales
Capitulaciones Matrimoniales: Son contratos que se celebran con ocasión del matrimonio,
para que los cónyuges puedan establecer o determinar, su régimen matrimonial
patrimonial.
Características de las Capitulaciones Matrimoniales
1. Son contrato bilateral: Porque imponen derechos y obligaciones a ambas partes
contratantes, ya que su objeto es determinar el régimen patrimonial de los
cónyuges.
2. Son contrato accesorio al matrimonio: Porque la validez y vigencia de las capitulaciones
matrimoniales, van a depender del matrimonio. En consecuencia, tienen una
conexión directa con el matrimonio.
No
puede concebirse una convención matrimonial independientemente de unas nupcias.
3. Son solemnes: Se requiere de una formalidad para su validez.
Deben ser registradas, por el Registrador
Subalterno, del lugar donde se vaya a realizar el matrimonio.
4. Son inmutables: Porque una vez que se celebran las capitulaciones
matrimoniales posteriormente del matrimonio, éstas no pueden modificarse por
voluntad de los contrayentes.
5. Son contrato Intuitu Personae: Porque tienen que ser los cónyuges personales
y directamente que las realicen. Se aplicará la limitación al principio de la representación.
6. Sólo pueden celebrarse antes del
matrimonio: Para que las capitulaciones matrimoniales produzcan sus
efectos, es indispensable que el contrato haya sido celebrado con todas las
formalidades de la Ley,
antes de que nazca el vínculo conyugal entre las partes.
Frase
reflexiva:
“Los bienes que se
adquieren de prisa al principio, No serán al final bendecidos.” (Proverbios 20:21)
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