La rapidez le gana al tamaño: David y Goliat
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA 1 LA
PRUEBA EN GENERAL. Noción de prueba. Definiciones. Fuentes legales.
Sujetos
procesales que tienen la carga de demostrar en el proceso: es el demandante y el demandado.
Al juez la ley le da una facultad de oficio para ordenarle
la prueba a las partes y que demuestren tal cosa, ya que el juez necesita
ilustrar su criterio para sentenciar. Eso es un auto para mejor proveer.
Iniciativa
probatoria oficiosa del juez:
401.-
"Concluido el lapso probatorio, el Juez podrá de
oficio ordenar la práctica de las siguientes diligencias:
1. Hacer comparecer a cualquiera de los litigantes para
interrogarlos libremente, sin juramento, sobre algún hecho que aparezca dudoso
u oscuro.
2. Exigir la presentación de algún instrumento de cuya
existencia haya algún dato en el proceso y que se juzgue necesario.
3. La comparecencia de algún testigo que habiendo sido
promovido por alguna de las partes, sin embargo, no rindió oportunamente su
declaración, o la de cualquier otro que sin haber sido promovido por las
partes, aparezca mencionado en alguna prueba o en cualquier acto procesal de
las partes.
4. Que se practique inspección judicial en algún lugar, y se
forme un croquis sobre los puntos que se determinen; o bien se tenga a la vista
un proceso que exista en algún archivo público y se haga certificación de
algunas actas, siempre que en el pleito de que se trate haya alguna mención de
tal proceso y tengan relación el uno con el otro.
5. Que se practique alguna experticia sobre los puntos que
determine el Tribunal, o se amplíe o aclare la que existiere en autos.
El auto en que se ordenen estas diligencias, fijará el
término para cumplirlas y contra él no se oirá recurso de apelación..."
Frase
reflexiva:
La rapidez le gana al tamaño: David y Goliat
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