25 de junio de 2016

25-06-2016 Pruebas (86)

Frase reflexiva:
En el Derecho hay que usar la lógica, pensar y argumentar

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 6 LA PRUEBA EN LOS SISTEMAS PROCESALES VENEZOLANOS. La prueba en el proceso oral. La prueba en el proceso escrito. Los sistemas que rigen en el régimen probatorio en las leyes procesales venezolanas.

DIFERENCIA CON RELACION A LA LIBERTAD DE LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL Y EN EL PROCESO CIVIL

En el proceso penal para que el medio de prueba sea admitido, se debe referir directa o indirectamente al objeto de la investigación y ser útil para el descubrimiento de la verdad.

En el proceso civil para que el medio de prueba sea admitido debe ser conducente o idóneo ya que el medio de prueba debe demostrar el hecho controvertido en especifico; debe ser pertinente porque el medio de prueba debe demostrar los hechos controvertidos en el proceso y guardar relación lógica con dichos hechos; debe haber sido regularmente promovido en su etapa; se requiere también la licitud y que esté estipulado en la ley.

En el proceso penal los jueces limitan el medio de prueba al estado civil de las personas y en el proceso civil el medio de prueba no es limitado.

198 COPP Libertad de prueba.- "Salvo previsión expresa en contrario de la ley, se podrán probar todos los hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso y por cualquier medio de prueba, incorporado conforme a las disposiciones de este Código y que no esté expresamente prohibido por la ley.

Regirán, en especial, las limitaciones de la ley relativas al estado civil de las personas.

Un medio de prueba, para ser admitido, debe referirse, directa o indirectamente, al objeto de la investigación y ser útil para el descubrimiento de la verdad.

Los tribunales podrán limitar los medios de prueba ofrecidos para demostrar un hecho o una circunstancia, cuando haya quedado suficientemente comprobado con las pruebas ya practicadas.

El tribunal puede prescindir de la prueba cuando ésta sea ofrecida para acreditar un hecho notorio."

Frase reflexiva:
En el Derecho hay que usar la lógica, pensar y argumentar

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