En el Derecho hay que usar la lógica, pensar
y argumentar
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
DIFERENCIA CON
RELACION A LA VALORACION
O DECISION SOBRE LA
PRUEBA
EN EL PROCESO PENAL Y EN EL PROCESO CIVIL
En el proceso penal una vez finalizada la audiencia, el
juez resolverá en presencia de las partes sobre decidir de la legalidad,
licitud, pertinencia y necesidad de la prueba.
En el proceso civil en la etapa de valoración de la prueba
el juez decidirá acerca de la valoración de la misma en virtud del principio
favor probationis, ya que el juez apuesta a admitir todos los medios de pruebas
reservándose el derecho de apreciarlas y valorarlas en dicha etapa de
valoración.
De igual manera en la sub etapa de admisión, establecida en
la etapa probatoria, son admitidos los medios de pruebas una vez que hayan
pasado por la sub etapa de contradicción u oposición, donde se le da la
oportunidad a la contraparte para oponerse o contradecir al medio de prueba por
las razones que crea conveniente para hacerlo; pudiendo ser por las siguientes
razones: por ilegalidad, inconducencia, temporalidad, regularidad.
Frase
reflexiva:
En el Derecho hay que usar la lógica, pensar
y argumentar
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