25 de junio de 2016

25-06-2016 Pruebas (94)

Frase reflexiva:
En el Derecho hay que usar la lógica, pensar y argumentar

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 7 LOS MOMENTOS DE LA PRUEBA. La no apertura del lapso probatorio. Promoción u ofrecimiento, término extraordinario de prueba (término ultramarino), oposición, convenimiento, estipulación, admisión y evacuación de la prueba. Actividad oficiosa del juez en materia probatoria.

Efecto suspensivo: se suspende el curso de la causa porque todos los actos del expediente serán revisados por una instancia diferente. Se remite todo el expediente al tribunal de alzada, y dicho tribunal confirma o revoca el auto dictado por el juez de 1era instancia. Luego el expediente es devuelto al tribunal de 1era instancia.

Efecto devolutivo: no se suspende la causa, solamente se remite copia certificada de las actuaciones relativas al MDP que el juez negó su admisión.

Artículo 291. La apelación de la sentencia interlocutoria se oirá solamente en el efecto devolutivo, salvo disposición especial en contrario.

Cuando oída la apelación, ésta no fuere decidida antes de la sentencia definitiva, podrá hacérsela valer nuevamente junto con la apelación de la sentencia definitiva, a la cual se acumulará aquélla.

En todo caso, la falta de apelación de la sentencia definitiva, producirá la extinción de las apelaciones de las interlocutorias no decididas.

Artículo 298. El término para intentar la apelación es de cinco días, salvo disposición especial.

Frase reflexiva:
En el Derecho hay que usar la lógica, pensar y argumentar

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