26 de junio de 2016

26-06-2016 Pruebas (108)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 8 LA CONFESION. Teoría de la confesión. Irrevocabilidad e indivisibilidad. Requisitos de eficacia, validez y existencia. Diferencias entre confesión, declaración de parte y admisión de los hechos. La confesión provocada Las posiciones juradas. Promoción. Reciprocidad. Llamados a absolverlas. Requisitos de admisibilidad. Trámite de realización.

DIFERENCIA ENTRE DECLARACIÓN DE PARTE Y CONFESIÓN DE PARTE

En la CDP se reconoce el hecho que perjudica a esa parte que lo está reconociendo; y en la DDP se reconoce algo que no perjudica a esa parte que lo está reconociendo.

En toda confesión hay declaración de parte; pero no en toda DDP hay C.

Evacuación de las PJ: en cualquier día del lapso de emplazamiento para la contestación de la demanda se puede evacuar. Hasta comenzar los informes también se pueden evacuar.

Promoción de las PJ: el demandante las puede promover en el libelo de la demanda, en el escrito de reforma de la demanda o después de presentar la demanda o el escrito de reforma del libelo antes de la citación del ddo.

Después del lapso de emplazamiento para la contestación de la dda, puede que el mdp pj sea promovido por el ddte o ddo (contesta y dijo que promueve ese mdp).

Nota.- Para poder evacuar el mdp pj lo que debe anteceder en el proceso es su promoción.

520 CPC: la oportunidad procesal en 2da instancia es dentro del lapso de 5 días después de recibido formalmente el expediente.

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