5 de noviembre de 2016

05-11-2016 Robo Genérico

Frase reflexiva:
Hay dos maneras de difundir la luz... ser la lámpara que la emite, o el espejo que la refleja Lin Yutang

ROBO GENÉRICO. ROBO AGRAVADO

Artículo 455. Quien por medio de violencia o amenazas de graves daños inminentes contra personas o cosas, haya constreñido al detentor o a otra persona presente en el lugar del delito a que le entregue un objeto mueble o a tolerar que se apodere de éste, será castigado con prisión de seis años a doce años.

Artículo 458. Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes se haya cometido por medio de amenazas a la vida, a mano armada o por varias personas, una de las cuales hubiere estado manifiestamente armada, o bien por varias personas ilegítimamente uniformadas, usando hábito religioso o de otra manera disfrazadas, o si, en fin, se hubiere cometido por medio de un ataque a la libertad individual, la pena de prisión será por tiempo de diez a diecisiete años; sin perjuicio a la persona o personas acusadas, de la pena correspondiente al delito de porte ilícito de armas.

Parágrafo único: Quienes resulten implicados en cualquiera de los supuestos anteriores, no tendrán derecho a gozar de los beneficios procesales de ley ni a la aplicación de medidas alternativas del cumplimiento de la pena.

Comentario.
El robo genérico se comete sin armas; caso contrario ocurre en el robo agravado, ya que el mismo se comete con armas, por medio de amenazas a la vida, por personas disfrazadas.

Frase reflexiva:
Hay dos maneras de difundir la luz... ser la lámpara que la emite, o el espejo que la refleja Lin Yutang

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