“El buen juicio viene de la experiencia, y
mucho de eso, viene del mal juicio”
LEY sobre protección a
la privacidad de las comunicaciones
Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 34.863
16 de diciembre de 1991
Artículo 3º.-
El que, sin estar autorizado, conforme a la presente Ley,
instale aparatos o instrumentos con el fin de grabar o impedir las
comunicaciones entre otras personas, será castigado por prisión de tres (3) a
cinco (5) años.
La frase del día:
“El buen juicio viene de la experiencia, y
mucho de eso, viene del mal juicio”
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