“El buen juicio
viene de la experiencia, y mucho de eso, viene del mal juicio”
N° de Expediente: 99-1001 N° de
Sentencia: 340
Tema: Hecho Punible
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Hecho Punible. Art. 1185 Código Civil. Situaciones que contempla dicho
artículo
Martes, 31 de octubre de 2000
...El artículo 1.185 del Código Civil, en su conjunto se
refiere a hechos o aspectos profundamente diferentes. En las distintas
hipótesis del primer parágrafo, basta probar el daño causado por un hecho
intencional, negligente o imprudente de otro; cuestión sencilla, casi
elemental. En cambio, en el segundo caso, se trata de situación grave y
complicada de un delicado y complejo problema jurídico: precisar cuándo se ha
hecho uso racional de un derecho, y cuándo se ha abusado de ese mismo derecho.
Expresado en los propios términos de la ley, cuando el ejercicio del derecho
excede "los límites fijados por la buena fe o por el objeto en vista del
cual ha sido conferido ese derecho". El artículo 1.185 del Código Civil
contempla dos situaciones jurídicas totalmente distintas: la del que abusa de
su derecho, y la del que procede sin ningún derecho...".
N° de Expediente: C10-298 N° de
Sentencia: 499
Tema: Impugnabilidad objetiva
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Impugnabilidad objetiva
Viernes, 26 de noviembre de 2010
...el derecho a recurrir de las decisiones judiciales, no
debe ser entendido como el derecho a ejercer el recurso que resulte más
aconsejable o conveniente, sino aquel que el ordenamiento jurídico vigente haya
establecido para el caso concreto.
Descriptores / Palabras
claves: Tribunal
Supremo de Justicia, Jorge Leonardo Salazar Rangel.
La
frase del día:
“El buen juicio
viene de la experiencia, y mucho de eso, viene del mal juicio”
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