Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada
Decreto N° 2.654
06 de enero de 2017
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con
el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad
revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria
venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales
y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del
pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 1 y 2
del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
en concordancia con lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública,
CONSIDERANDO
Que
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela proclama como valores
superiores del ordenamiento jurídico la vida, la libertad, la justicia, la
igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en
general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo
político, entendidos como ejes axiológicos transversales que deben inspirar y
fundamentar toda la acción del Estado y, muy especialmente, del Gobierno
Revolucionario,
CONSIDERANDO
Que
durante los últimos 17 años la República Bolivariana de Venezuela ha asumido la
promoción, protección, realización y garantía de los derechos humanos como una política
de Estado, conquistando importantes logros en esta materia tal como ha sido
reconocido por diversos organismos internacionales especializados,
CONSIDERANDO
Que
mediante Decreto N° 2.254, publicado en Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nro. 6.218, de fecha 2 de marzo de 2016, fue aprobado
el Plan Nacional de Derechos Humanos 2016-2019, como documento estratégico que
orienta la política del Estado venezolano para consolidar los logros alcanzados
en materia de derechos humanos y para continuar avanzando hasta superar los
desafíos existentes en esta área,
CONSIDERANDO
Que
el Plan Nacional de los Derechos Humanos 2016-2019, establece como Segundo Eje
el Fortalecimiento de la instítucionalidad para la garantías de los derechos de
todas y instrumento que recoja los principales deberes y pautas de actuación en
materia de derechos humanos, dirigido a las servidoras y servidores públicos,
asegurando su debida difusión en todas las instituciones del Estado,
CONSIDERANDO
Que
resulta necesario disponer de normas generales de actuación de los servidores
públicos y servidoras públicas a los fines de asegurar la promoción, el
respeto, la garantía y protección de los derechos humanos reconocidos en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás tratados
internacionales suscritos y ratificados en esta materia por la República.
DECRETO
Las siguientes,
NORMAS BÁSICAS DE ACTUACIÓN DE LOS
SERVIDORES
Y SERVIDORAS PÚBLICAS EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS
Y SERVIDORAS PÚBLICAS EN MATERIA DE DERECHOS
HUMANOS
Disciplina, obediencia y subordinación: pilares fundamentales de la Fuerza Armada
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