Un aplauso por los que sabemos
la verdad… pero queremos ver hasta dónde llegan las mentiras e hipocresía
RECURSO de casación
Opera contra
las decisiones de las cortes de apelaciones que resuelvan sobre la apelación,
cuando el Fiscal del Ministerio Público pida la aplicación de una pena
privativa de libertad que exceda de cuatro (4) años en su límite máximo, o la
sentencia condene a penas superiores a esos límites.
El recurso
podrá fundarse en:
- violación de
la ley por falta de aplicación;
- violación de
la ley por indebida aplicación; o.
- violación de
la ley por errónea interpretación.
La
frase del día:
Un aplauso por los que sabemos
la verdad… pero queremos ver hasta dónde llegan las mentiras e hipocresía
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