“Aparenta ser débil cuando seas fuerte
y fuerte cuando seas débil.” -
Sun Tzu.
N° de Expediente: C06-0258 N° de
Sentencia: 90
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La falta de notificación de la víctima para la audiencia de la Corte de
Apelaciones inobserva las garantías constitucionales y procesales
Lunes, 19 de marzo de 2007
...los actos de notificación dentro del proceso penal, en
la medida que hacen posible la comparecencia de las partes, representan un
instrumento ineludible como verificación del cumplimiento de las garantías
constitucionales del proceso. Por lo tanto, en el presente caso, la víctima
como sujeto procesal de la causa y parte con extremo interés en las resultas
del mismo, tiene derecho a ser oída, es decir, ejercer su derecho a la tutela
judicial efectiva, en el sentido de tener igual acceso al órgano de
administración de justicia, todo esto de conformidad con el principio de
igualdad entre las partes ante la ley y el debido proceso, consagrados en los
artículos 21, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
De igual forma, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al no notificar a la víctima de la audiencia establecida en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, que por derecho le correspondía, inobservó las garantías y los derechos de la partes dentro del proceso penal, obviando su obligación legal establecida en el artículo 118 eiusdem, así como los derechos de la víctima contenidos en el artículo 120 del Código adjetivo
La
frase del día:
“Aparenta ser débil cuando seas fuerte
y fuerte cuando seas débil.” -
Sun Tzu.
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