17 de diciembre de 2019

17-12-2019 prescripción

Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisión N° 140, de fecha 09 de Febrero de 2001, con ponencia del Magistrado IVAN RINCON URDANETA, en la cual dejó establecido:

“…esta figura de la prescripción, viene referida tanto a la acción penal como a la pena misma, y no es más que la facultad punitiva que tiene el Estado, en ejercicio de su soberanía, la cual se encuentra limitada por las disposiciones legales que la rigen (Código Orgánico Procesal Penal y Código Penal). Siendo ello así, se tiene que la prescripción no se encuentra, en modo alguno, establecida en interés del reo; antes por el contrario, rige para la misma un interés social …en virtud del interés general que priva sobre el interés particular, dicha figura obedece a razones de orden público… el supuesto de hecho alegado por los apelantes como lesivo de sus derechos constitucionales -prescripción- es una figura que obedece a razones de interés general, en virtud de lo cual, la misma, “no puede ser alterada por la voluntad de los individuos…”.

La frase del día
"Tal vez no tienes la vida que soñaste, pero seguramente alguien desea la vida que tienes"

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