14 de febrero de 2013

Conflicto de conocer

DERECHO PROCESAL PENAL

Conflicto de conocer. Si 2 tribunales se declaran competentes para conocer una causa, el conflicto se resolverá de acuerdo a la regla establecida en el Artículo 82 del Código Orgánico Procesal Penal, referente al "conflicto de no conocer".

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