DERECHO PENAL
De la violencia o de la resistencia a la autoridad
Parientes cercanos. Para los efectos de la ley penal, se consideran parientes cercanos:
- al cónyuge;
- a los ascendientes;
- a los descendientes;
- a los tíos;
- a los sobrinos;
- a los hermanos y los afines en el mismo grado.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
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