DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en los actos y documentos.
Falsa atestación de funcionario público. El funcionario público que, al recibir, o extender algún acto en el ejercicio de sus funciones, haya atestado como ciertos y pasados en su presencia, hechos, o declaraciones que no han tenido lugar, u omitido, o alterado las declaraciones que hubiere recibido, de tal suerte que pueda de ello resultar un perjuicio al público, o a los particulares, será castigado con las penas establecidas en el delito "Acto falso por funcionario público".
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