NOCIONES GENERALES
La palabra “fuente”
significa de dónde brota, emana algo, y aplicada al Derecho se entiende como
fuente de donde se producen y manifiestan las normas que integran el
Ordenamiento Jurídico. Fuente es el procedimiento que estableció el mismo
ordenamiento jurídico para dar origen a la norma.
CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES DEL DERECHO
FUENTES DIRECTAS Y FUENTES INDIRECTAS: Las fuentes directas son aquellas previstas en la norma. Ej. La
Ley. Y las fuentes indirectas son aquellas a las cuales podemos recurrir cuando las
fuentes directas no proveen la norma para resolver la situación planteada. Ej.
La analogía. Los Principios Generales del Derecho. La Costumbre Jurídica.
FUENTES MATERIALES Y FUENTES FORMALES: Las fuentes materiales son los factores, circunstancias, elementos que
condicional y determinan el contenido de las normas jurídicas. El legislador no
determina el contenido de las normas a priori, sino que estudia el fenómeno
social con la forma de conducta, con los factores económicos, físicos, morales,
va a determinar el contenido de la norma jurídica. Las fuentes formales son los procedimientos que
hacen que las normas adquieran el carácter jurídico, obligatorio, por ser
coercibles, que ponen al Estado detrás del precepto para crear la posibilidad
de materializar una sanción en el caso de incumplimiento.
Fuente: Lecciones
de Introducción al Derecho. América Fermín González. Vadell Hermanos Editores,
C.A. Caracas - Venezuela - Valencia 2013. p. 49.
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