28 de febrero de 2016

28-02-2016 Canje

Derecho Penal Laboral - Derecho Penal del Trabajo

Infracciones de los
trabajadores y trabajadoras

Artículo 12.

Constituye infracción por parte de los trabajadores y trabajadoras:

1. El canje del cupón o ticket por dinero, o la obtención de dinero, financiamiento o crédito con la tarjeta electrónica de alimentación.

2. El canje, pago o compra de cualquier bien o servicio que no se destine a la alimentación del trabajador o trabajadora.

Los trabajadores y trabajadoras que incurran en las infracciones señaladas en los numerales 1 y 2 de este artículo serán sancionados con multa equivalente al doscientos por ciento (200%) del monto canjeado, el crédito o dinero obtenido, calculado en bolívares, o el mismo porcentaje del equivalente en bolívares de los bienes o servicios obtenidos.

Fuente de la información. Decreto con rango, valor y fuerza de ley del cestaticket socialista para los trabajadores y trabajadoras. Gaceta Oficial No. 40.773, 23 de octubre de 2015, decreto 2.066.

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