La noche siempre necesita del día
JORGE SALAZAR
SUCESIONES
TEMA 6 LA SUCESIÓN
LEGÍTIMA O AB-INTESTATO
Art. 807 C.C.: “Las sucesiones se defieren por la Ley o por testamento.
No hay
lugar a la sucesión intestada sino cuando en todo o en parte falta la sucesión
testamentaria.”
SUCESIÓN LEGÍTIMA O AB-INTESTATO
Es la figura jurídica mediante la
cual por imperio de la ley, a la muerte de un sujeto de derecho, se realiza una
transferencia de sus derechos y obligaciones a otro u otros; a no ser que
exista una manifiesta declaración de voluntad del fallecido.
CASOS EN QUE PROCEDE LA SUCESIÓN LEGÍTIMA
O AB-INTESTATO
1.- Cuando
no hay manifestación de voluntad, es decir, cuando no hay testamento.
2.- Cuando
habiendo testamento éste sea nulo o ineficaz.
3.- Cuando
en el testamento no se ha dispuesto la totalidad de los bienes.
CARACTERÍSTICAS DE LA SUCESIÓN INTESTADA,
LEGÍTIMA O AB-INTESTATO
1.- Es una sucesión por causa de muerte.- Para que se aperture la sucesión tiene que morir una
persona. Art. 993 C.C.
2.- Siempre es una sucesión a título
universal.- Cuando la sucesión es a título
particular, es sólo en los legados donde existe testamento.
3.- Ocurre por imperio de la ley.- Todo se establece en el Código Civil.
4.- Es supletoria de la voluntad del
causante.- Siempre cuando no haya
testamento rigen todas las disposiciones de la sucesión intestada.
Frase
reflexiva:
La noche siempre necesita del día
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