20 de mayo de 2016

20-05-2016 Sucesiones (27)

Frase reflexiva:
La noche siempre necesita del día

JORGE SALAZAR

SUCESIONES
TEMA 6 LA SUCESIÓN LEGÍTIMA O AB-INTESTATO

Art. 807 C.C.: “Las sucesiones se defieren por la Ley o por testamento.

No hay lugar a la sucesión intestada sino cuando en todo o en parte falta la sucesión testamentaria.

SUCESIÓN LEGÍTIMA O AB-INTESTATO

Es la figura jurídica mediante la cual por imperio de la ley, a la muerte de un sujeto de derecho, se realiza una transferencia de sus derechos y obligaciones a otro u otros; a no ser que exista una manifiesta declaración de voluntad del fallecido.

CASOS EN QUE PROCEDE LA SUCESIÓN LEGÍTIMA O AB-INTESTATO

1.- Cuando no hay manifestación de voluntad, es decir, cuando no hay testamento.

2.- Cuando habiendo testamento éste sea nulo o ineficaz.

3.- Cuando en el testamento no se ha dispuesto la totalidad de los bienes.

CARACTERÍSTICAS DE LA SUCESIÓN INTESTADA, LEGÍTIMA O AB-INTESTATO

1.- Es una sucesión por causa de muerte.- Para que se aperture la sucesión tiene que morir una persona. Art. 993 C.C.

2.- Siempre es una sucesión a título universal.- Cuando la sucesión es a título particular, es sólo en los legados donde existe testamento.

3.- Ocurre por imperio de la ley.- Todo se establece en el Código Civil.

4.- Es supletoria de la voluntad del causante.- Siempre cuando no haya testamento rigen todas las disposiciones de la sucesión intestada.

Frase reflexiva:
La noche siempre necesita del día

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