25 de septiembre de 2016

25-09-2016 Obligaciones I (25)

Adminicular:
Ayudar o auxiliar con algunas cosas a otras para darles mayor virtud o eficacia.

Guía de Obligaciones I

Facultad: Derecho
Materia: Obligaciones I
Semestre: Quinto-Pregrado

TEMA 5 EL OBJETO DE LOS CONTRATOS

B.- PACTOS SOBRE SUCESIÓN FUTURA

El objeto de esos pactos es ilícito.

Son 3 clases o categorías:

1.- Pactos de Institución: Es cuando una persona conviene con otra en dejarle su herencia o dejársela a un 3ero, o ambas partes convienen recíprocamente en instituirse como herederos el uno al otro.

Art. 835 C.C.: “No pueden dos o más personas testar en un mismo acto, sea en provecho recíproco o de un tercero.

No se puede otorgar un testamento a un tercero.

Art. 917 C.C.: “Es nula la disposición a título universal o particular hecha por el testador, bajo la condición de que sea él a su vez beneficiado en el testamento de su heredero o legatario.

Aquí la misma persona se otorga el testamento.

2.- Pactos de Renuncia: Es cuando la persona renuncia, dimite a la sucesión de una persona viva o a una sucesión aún no abierta.

Art. 1022 CC: “No se puede, ni aun por contrato de matrimonio, renunciar a la herencia de una persona viva, ni enajenar los derechos eventuales que se puedan tener a aquella herencia.

Contrato de matrimonio = Capitulaciones matrimoniales.

Art. 1156 CC: “… Sin embargo, no se puede renunciar una sucesión aún no abierta, ni celebrar ninguna estipulación sobre esta sucesión, ni aun con el consentimiento de aquél de cuya sucesión se trate.

3.- Pactos de Disposición: Es cuando una persona se compromete a enajenar los derechos que pudiere tener sobre una herencia de una persona viva o celebre estipulaciones sobre bienes integrantes de una sucesión aún no abierta, ni aún con el consentimiento de la persona de cuya sucesión se trate. (Arts. 1002 y 1156 CC)

Adminicular:
Ayudar o auxiliar con algunas cosas a otras para darles mayor virtud o eficacia.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!