“La juventud vive de la esperanza;
la vejez del recuerdo.” George Herbert
2.- “Una relación clara, precisa y
circunstanciada del hecho punible que se atribuye al imputado”
Esta
exposición clara, precisa y circunstanciada del hecho que se le imputa,
consiste en el señalamiento del lugar, tiempo, modo y demás características en
que la persona cometió el delito.
Si la
acusación es confusa y contradictoria por parte del representante del
Ministerio Público, traerá como resultado que se desestime la misma, lo
que ocasionará como consecuencia el sobreseimiento conforme al artículo 333 del
Código Orgánico Procesal Penal, privando a la víctima y al estado de las
acciones que puedan ejercer en el justo resarcimiento de sus derechos y
pretensiones en el proceso.
Fuente de la información:
La frase del día:
“La juventud vive de la esperanza;
la vejez del recuerdo.” George Herbert
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