“Aunque nadie ha podido regresar y
hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo
final”
N° de Expediente: A06-0370 N° de Sentencia: 568
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Naturaleza del proceso penal acusatorio
Lunes, 18 de diciembre de 2006
La naturaleza del proceso penal acusatorio, dispone como
garantía máxima la presunción de inocencia, y en este orden, el Código Orgánico
Procesal Penal dispone una serie de actos de estricto cumplimiento, necesarios
para garantizar el debido proceso, el derecho a la defensa y la igualdad entre
las partes.
N° de Expediente: CC05-0216 N° de Sentencia: 495
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Víctima. Solicitud de medidas de protección. Órgano competente
Miércoles, 03 de agosto de 2005
Iniciado un proceso, dentro de cualquiera de las
jurisdicciones penales (ordinaria y especial), la víctima del hecho, desde el
inicio del proceso, puede solicitar las medidas de protección y el órgano a
quien sea solicitado; debe canalizar la obtención de la medida, con la mayor
celeridad y facilitar se concrete el pronunciamiento, solicitando información
respecto al proceso que se sigue, en sede penal, de existir éste.
Debemos también tomar en cuenta, la existencia de diversos organismos públicos, cuyo objeto es la atención a las víctimas, estos órganos deben facilitar en todo caso la mejor resolución de las solicitudes formuladas y muy especialmente a las víctimas de delitos.
De allí que, sea la víctima un adulto o un adolescente, el órgano que recibe la solicitud debe indagar si se trata de una víctima dentro de un proceso penal iniciado, si no es así, ese organismo debe canalizar que los órganos competentes inicien la investigación y de ser ese ente el encargado de la acción, debe por ley, dar inicio al proceso.
Por ello, iniciado un proceso penal, quien conocerá del control de la investigación y de los actos siguientes, es el juez a quien corresponderá también dictar las medidas para la protección de las víctimas, dentro del proceso penal que le compete conocer.
La frase del día:
“Aunque nadie ha podido regresar y
hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo
final”
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