Sentencia No. 130 de fecha 14-ABR-2023 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.
Ahora bien, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 72, de fecha 30 de julio de 2020, en lo concerniente al debido proceso, ratificó lo siguiente:
“…El equilibrio necesario entre las partes que intervienen en el proceso, exige de manera rigurosa el pleno ejercicio del derecho a la defensa mediante la oportunidad dialéctica de alegar para que haya un régimen de igualdad con la parte contraria y lo opuesto. En síntesis la indefensión en sentido constitucional se origina, por consiguiente, cuando se priva al justiciable de alguno de los instrumentos que el ordenamiento jurídico dispone a su alcance para la defensa de sus derechos, con el consecuente perjuicio al producirse un menoscabo real y efectivo del derecho a la defensa…”. (Negrillas de la Sala)
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/324422-130-14423-2023-C23-67.HTML
La frase del día
"Ten cuidado cuando una persona desnuda te ofrece una camisa" Proverbio africano
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!